Un fallo judicial rechazó una demanda contra el aporte solidario


Para el magistrado la norma fue aprobada por el Congreso Nacional dentro de sus facultades para reglamentar el derecho de propiedad y establecer cargas econmicas a los ciudadanos
Para el magistrado, la norma fue aprobada por el Congreso Nacional dentro de sus facultades para reglamentar el derecho de propiedad y establecer cargas económicas a los ciudadanos.

El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Walter Lara Correa rechazó una demanda contra la validez de la ley que creó el “Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia” de Covid-19, según consignaron fuentes judiciales.

La sentencia de primera instancia fue dictada ante el juicio promovido contra el Ministerio de Economía por S.O.P., quien sostuvo que el aporte creado por la ley 27.605 es confiscatorio y afecta el derecho constitucional a la propiedad.

Según fuentes vinculadas con la causa, el demandante no produjo pruebas sobre la magnitud de cuanto habría sido su eventual perjuicio, que el aporte sea desproporcionado o le resulte una exigencia patrimonial insoportable.

Para el magistrado, la norma fue aprobada por el Congreso Nacional dentro de sus facultades para reglamentar el derecho de propiedad y establecer cargas económicas a los ciudadanos.

El fallo, tras consideraciones desarrolladas en más de medio centenar de carillas, ponderó las facultades del Estado para imponer cargas en situaciones de emergencia.

La resolución expuso que confiscación es desapoderamiento de bienes sin sentencia fundada en ley y no puede ser asimilada al “Aporte”, que fue sancionado por el Congreso de la Nación en el marco de sus facultades constitucionales.





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